Espacio de Gestión Interna

Información para Miembros de la CPA

Actividades Fuera del Lugar de Trabajo: Licencias

Las licencias académicas destinadas al cumplimiento de actividades científico-técnicas fuera del lugar habitual de trabajo están contempladas bajo las siguientes especificaciones:

🛠️ Art. 18 G1: Reuniones Científicas
Asistencia a reuniones de carácter científico o tecnológico de reconocida jerarquía profesional.
📖 Art. 18 G2: Estadías Breves
Cumplimiento de estadías en centros avanzados para efectuar observaciones, consultas o asimilar nuevos métodos de trabajo.
Límite temporal: Estas licencias no podrán exceder en conjunto los 180 días cada seis años consecutivos, y los períodos parciales no serán mayores de 60 días corridos.

Modalidad de Presentación

🌍 Viajes al Exterior (Por Sistema)
Se cargan por sistema únicamente cuando la ausencia requiera traslado internacional. Trámite electrónico sin impresiones.
🇦🇷 Dentro del País (Por Nota)
Se debe presentar una nota formal avalada con su firma y la de la máxima autoridad de su lugar de trabajo asignado.
📌 IMPORTANTE (Ambos Casos): Es obligatorio adjuntar documentación respaldatoria (nota de invitación o programa formal) firmada por el solicitante, consignando taxativamente las fechas y el lugar de la actividad.

Tareas de Campo, Campañas y Archivo

Para la realización de labores de campaña, recolección en terreno o tareas de archivo técnico, se debe notificar por nota oficial expresando la siguiente información obligatoria:

  • 📍 Lugar de realización de la actividad (localidad y provincia).
  • 📅 Fechas exactas del período de ausencia.
  • ✍️ Firmas del agente solicitante y de la máxima autoridad de su lugar de trabajo.
⚠️ IMPORTANTE: Las ausencias por trabajo de campo deben ser comunicadas obligatoriamente con al menos 24 horas de ANTICIPACIÓN.

📄 Descargar Modelo de Nota para Tareas de Campo (CPA)

Cierre Electrónico de Licencias: Reintegros

Una vez cumplido el plazo de la licencia, es obligatorio efectuar el Reintegro de forma exclusivamente electrónica. Omitir este trámite puede generar inconvenientes técnicos para solicitudes futuras e impactar de forma errónea el remanente de días disponibles.

🔍 Control de Estados: Recuerde que la prebenda en estados «ENVIADO», «PENDIENTE AUTORIZACIÓN» o «AUTORIZADO» no significa la culminación del proceso; el trámite está completo únicamente al consolidar el estado: Aprobado.

Cambio de Lugar de Trabajo (CPA)

Todo integrante de la carrera CPA puede solicitar su traslado formal de dependencia cumpliendo con las pautas vigentes establecidas en la Resolución N° 1463/99.
Directivas esenciales de tramitación:
- El formulario deberá contar taxativamente con todas las firmas requeridas como constancia de conformidad de las partes.
- Los traslados solo se cursan hacia otras Unidades Ejecutoras (UE) o Unidades Asociadas (UA) del CONICET.
- Los cambios se gestionan siempre en la Unidad de Gestión de origen de cada agente.

Informes Reglamentarios CPA

Los miembros de la carrera elevan de forma obligatoria un informe individual anual sobre la labor desarrollada. Esta exigencia rige a partir de los 6 meses de haber ingresado de manera efectiva a la carrera.

Circuito de Evaluación: Se completa en SIGEVA según cronograma → Evaluado por la dirección de la UE → Tratado con el Comité y veedurías gremiales → Revisado por la Junta Técnica en Buenos Aires.

Solicitudes de Promoción CPA

El cambio de Clase es un proceso eventual que se tramita digitalmente vía SIGEVA según plazos institucionales. Exige los siguientes tiempos mínimos de permanencia efectiva:

  • Dos (2) años: Clases Técnico Auxiliar y Profesional Asistente.
  • Cuatro (4) años: Para el resto de las clases constitutivas de la carrera.

*Sigue el mismo circuito crítico de evaluación institucional (Dirección UE → Comité/Gremio → Junta Técnica BA).

Comité de Evaluación Regional (Ingresos, Informes y Promociones)

Cada Unidad Ejecutora cuenta con un único Comité de Evaluación con funciones destinadas a dictaminar de forma rigurosa sobre los procesos de Ingresos, Informes Reglamentarios y Promociones de la Carrera de Personal de Apoyo.

Los Comités están conformados de manera mixta por miembros de la Carrera del Investigador (CIC) y de la Carrera del Personal de Apoyo (CPA). Sus representantes duran 3 años en sus funciones y se renuevan por tercios de manera anual.

Asignación de Cobertura Médica al Ingreso

Al efectivizarse el alta en el CONICET, los aportes de ley del agente serán destinados por defecto a la Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN / Unión Personal), salvo que rija de manera previa y vigente una opción de cambio expresa ante la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS).

Trámite Afiliatorio: Una vez ingresado/a al organismo, deberá gestionar su afiliación efectiva ante la prestadora médica presentando el Documento Nacional de Identidad (DNI) y el primer recibo de sueldo digital. Gestiones de planes avanzados, adherentes o grupo familiar se canalizan de manera personal con la obra social.

Compendio Normativo y Resoluciones CPA

Leyes, decretos nacionales y cuerpos resolutivos institucionales que regulan el ejercicio técnico y administrativo del Personal de Apoyo:

• Estatuto General para las Carreras del CONICET – Ley N° 20.464
[PDF] ⬇️
• Reglamento de Evaluación de la Carrera CPA – Res. 1680/14
[PDF] ⬇️
• Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias – Dec. 3413/79
[PDF] ⬇️
• Lugares de Trabajo Autorizados para Personal CPA – Res. 790/00
[PDF] ⬇️
• Tiempos Mínimos de Permanencia en Categoría – Res. 399/02
[PDF] ⬇️